Renta · Artículo 55 bis
Artículo 55 bis: cuánto baja tu impuesto con los intereses del crédito hipotecario
Cuánto interés hipotecario puedes rebajar con el artículo 55 bis, hasta 8 UTA al año según tu renta, y cuánto baja tu impuesto. Calcúlalo aquí.
Por Damián Jiménez Revisado por Ignacio Wolf 13 min de lectura
En corto
El artículo 55 bis permite a las personas naturales rebajar de su renta anual los intereses pagados en el año por créditos hipotecarios con que compraron o construyeron una o más viviendas, hasta 8 UTA al año: unos $6.926.496 con la UTA de octubre de 2026. Sirve también para las viviendas que arriendas, y el tope es por persona, no por vivienda. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
La rebaja es completa si tu renta bruta anual es menor a 90 UTA, se reduce entre 90 y 150 UTA y desaparece sobre 150 UTA. Lo que baja es la base de tu impuesto: cuánto ahorras depende de tu tramo. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 52, Ley sobre Impuesto a la Renta)
¿Cuánto baja tu impuesto?
Escribe tu renta del año y los intereses hipotecarios que pagaste: verás cuánto puedes rebajar y cuánto baja tu impuesto.
Es una estimación con tus datos. No reemplaza una asesoría: tu caso puede tener detalles que cambian la respuesta.
Lo que este cálculo no considera
- Las viviendas asignadas a tu empresa individual: por ellas no hay rebaja, y sus intereses no cuentan aquí. (conclusión 2, Oficio 1017 de 2024 del SII)
- El crédito por compra de vivienda nueva (Ley 21.631): si sale del mismo crédito hipotecario, se descuenta primero y deja menos intereses para el 55 bis. (artículo único, incisos 3° y 5°, Ley 21.631; apartado 2, Circular 51 de 2023 del SII)
- Una compra en comunidad con más de un deudor: la rebaja la usa solo uno de ustedes. (art. 55 bis, inciso 3°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
En esta guía · 12 secciones
¿Quién puede usarlo?
Las personas naturales que pagan el impuesto único de segunda categoría (si trabajas con contrato) o el global complementario. Sirve para créditos con garantía hipotecaria con que compraste o construiste viviendas, o para los créditos con que pagaste esos créditos. No importa cuántas viviendas sean, ni si vives en ellas o las arriendas: el tope de 8 UTA es por persona. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Qué dice la norma
«Los contribuyentes personas naturales, gravados con este impuesto, o con el establecido en el artículo 43º Nº 1, podrán rebajar de la renta bruta imponible anual los intereses efectivamente pagados durante el año calendario al que corresponde la renta, devengados en créditos con garantía hipotecaria que se hubieren destinado a adquirir o construir una o más viviendas, o en créditos de igual naturaleza destinados a pagar los créditos señalados.»
art. 55 bis, inciso 1°, Ley sobre Impuesto a la Renta · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)
Si refinanciaste, el crédito nuevo también sirve, siempre que tenga garantía hipotecaria y se haya destinado a pagar el crédito con que compraste o construiste. Un crédito con garantía hipotecaria que usaste para otra cosa, como uno de fines generales, no da la rebaja: lo que importa es el destino del crédito, no solo la hipoteca. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
No pueden usarlo las empresas. Y si asignas una vivienda a tu empresa individual, pierdes la rebaja por esa vivienda: sus intereses pasan a ser gasto de la empresa. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta; conclusión 2, Oficio 1017 de 2024 del SII)
Si la vivienda es de varias personas y hay más de un deudor, solo puede usar la rebaja uno de los comuneros: el que se identifique en la escritura. El SII dice que esa designación es irreversible. (art. 55 bis, inciso 3°, Ley sobre Impuesto a la Renta; línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
No se puede usar junto con el beneficio de la Ley 19.622, por dividendos hipotecarios de viviendas DFL2: el SII dice que son incompatibles, por la misma vivienda o por otras. (línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
¿Cuánto puedes rebajar?
El interés que cuenta es el menor entre 8 UTA y los intereses que pagaste en el año: con la UTA de octubre de 2026 ($865.812), el tope es de unos $6,9 millones. Cuánto de eso rebajas depende de tu renta bruta anual. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Tabla
¿Cuánto rebajas según tu renta?
| Tu renta bruta anual | En pesos, con la UTA de octubre de 2026 | Cuánto rebajas |
|---|---|---|
| Menos de 90 UTA | Menos de $77,9 millones | Los intereses completos, hasta el tope. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta) |
| De 90 a 150 UTA | $77,9 millones a $129,9 millones | Una parte: el porcentaje que resulta de 250 menos 1,667 veces tu renta en UTA. Con 120 UTA, cerca de la mitad. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta) |
| Más de 150 UTA | Más de $129,9 millones | Nada. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta) |
En la declaración de renta se usa la UTA de diciembre. (línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
La rebaja no puede ser mayor que las rentas que declaras, sean efectivas o presuntas. (línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
Cuánto baja tu impuesto depende de tu tramo del global complementario: si la rebaja no te cambia de tramo, el ahorro es la rebaja por la tasa de tu tramo, que va de 0% a 40%. (art. 52, Ley sobre Impuesto a la Renta)
La tabla de tramos en pesos y cómo se calcula tu impuesto: global complementario, tramo por tramo.
¿Cómo se aplica en tu declaración?
Paso a paso
- Tu banco informa los intereses. Los bancos informan al SII los intereses que pagaste, en la declaración jurada 1898, y te entregan un certificado (Modelo N° 20). (art. 55 bis, inciso final, Ley sobre Impuesto a la Renta; línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
- En abril, abre tu propuesta de declaración. En el Formulario 22 la rebaja va en el código 750 de la línea 21 (año tributario 2026), con lo que informó el banco. (línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII; página 27, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
- Revisa que calce con tu certificado antes de enviar. Si no calza, pide al banco que lo corrija. (respuesta, pregunta frecuente 001.140.0417.011 del SII; página 27, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII; «¿Y si detecto algún error en la información?», guía del SII sobre la información de los agentes retenedores)
- Envía el Formulario 22. Es la única forma de usar la rebaja, aunque no estés obligado a declarar. (página 27, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
- Si solo tienes sueldo, en la declaración anual se reliquida el impuesto que te retuvieron cada mes, descontando los intereses, con la escala anual y la unidad tributaria de diciembre. Lo que resulte a tu favor te lo devuelve la Tesorería. (art. 55 bis, incisos 4° a 6°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Documentos que necesitas
¿Qué documentos necesitas?
- El certificado de intereses que te entrega tu banco (Modelo N° 20). (art. 55 bis, inciso final, Ley sobre Impuesto a la Renta; línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
- Si compraste en comunidad y hay más de un deudor, la escritura que dice qué comunero usa la rebaja. (art. 55 bis, inciso 3°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Ejemplo con números
Tres ejemplos con números
Calculados con la misma calculadora y la UTA de octubre de 2026. Es el impuesto del año antes de retenciones o pagos provisionales. Cada cifra está aproximada a la decena de mil por separado, así que las filas pueden no sumar exacto.
Renta de $18 millones al año
Tu dividendo es de $300.000 al mes, y $180.000 son intereses: $2.160.000 al año. Tu renta es menor a 90 UTA, así que los rebajas completos: pagas impuesto sobre $15.840.000 y no sobre $18.000.000. Tu tramo es de 4%, y el impuesto baja cerca de $90.000.
Renta de $60 millones al año
Pagas $4.800.000 de intereses. Tu renta es de unas 69 UTA, menos de 90: rebajas los intereses completos. Tu tramo es de 13,5%, y el impuesto baja cerca de $650.000.
Renta de $110 millones al año
Pagas $8.000.000 de intereses, más que el tope: cuentan $6.926.496. Tu renta es de unas 127 UTA, entre 90 y 150, así que rebajas el 38,2% de eso: $2.646.640. Tu tramo es de 35%, y el impuesto baja cerca de $930.000.
¿El 55 bis o una empresa?
Si tus intereses caben en el tope, seguir como persona natural y usar el 55 bis suele ganarle a asignar la vivienda a una empresa. Con tus dos DFL2 más antiguas es más claro aún: como empresario individual, sus intereses no bajan ningún impuesto. (art. 55 bis, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Para ver tu caso, usa el árbol «¿Persona natural, empresario individual o sociedad?». Qué dijo el SII sobre el 55 bis y la empresa individual: Oficio 1017. Qué es el empresario individual y qué riesgos tiene: empresario individual.
Errores frecuentes
- Rebajar el dividendo completo. Se rebajan los intereses, no la amortización ni los seguros. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Usar la UTA de otro año. El tope y las franjas de 90 y 150 UTA se calculan con la UTA de diciembre del año que declaras. (línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
- Creer que en una compra en comunidad la usan todos. Si hay más de un deudor, la usa solo el comunero que diga la escritura. (art. 55 bis, inciso 3°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Creer que vale más mientras más ganas, sin límite. Entre 90 y 150 UTA se reduce, y sobre 150 UTA desaparece. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Asignar la vivienda a tu empresa individual sin calcular. Pierdes la rebaja por esa vivienda. (conclusión 2, Oficio 1017 de 2024 del SII)
- Sumarlo al beneficio de la Ley 19.622. Son incompatibles. (línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
En resumen
- Rebajas de tu renta los intereses del crédito hipotecario con que compraste o construiste viviendas, también las que arriendas, hasta 8 UTA al año por persona. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Completa si tu renta bruta es menor a 90 UTA, en parte entre 90 y 150 UTA, y nada sobre 150 UTA. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Lo que ahorras depende de tu tramo del global complementario. (art. 52, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Se usa presentando el Formulario 22, con lo que informa tu banco. Por las viviendas que asignas a tu empresa individual, se pierde. (línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII; página 27, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII; conclusión 2, Oficio 1017 de 2024 del SII)
Qué hacer ahora
Volver a la calculadora: ¿Cuánto baja tu impuesto?Preguntas frecuentes
¿Sirve para un departamento que arriendo?
Sí: la ley habla de créditos con que compraste o construiste una o más viviendas, sin distinguir si vives en ellas o las arriendas. El tope de 8 UTA es por persona, no por vivienda. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
¿Sirve si refinancié el crédito?
Sí, si el crédito nuevo tiene garantía hipotecaria y se destinó a pagar el crédito con que compraste o construiste la vivienda. Un crédito hipotecario de fines generales no sirve: cuenta el destino del crédito. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
¿Y si compré con mi pareja y los dos somos deudores?
Solo uno de los dos puede usar la rebaja por esa vivienda: el que se identifique en la escritura. Según el SII, esa designación es irreversible. (art. 55 bis, inciso 3°, Ley sobre Impuesto a la Renta; línea 21, código 750, instrucciones de la línea 21 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
¿Lo pierdo si inicio actividades como empresario individual?
Lo pierdes por las viviendas que asignes a la empresa individual: sus intereses pasan a ser gasto de la empresa. Por las que mantengas fuera de su contabilidad, lo conservas. (conclusión 2, Oficio 1017 de 2024 del SII)
¿Se puede usar junto con el crédito por compra de vivienda nueva (Ley 21.631)?
Sí: la ley dice que son compatibles. Si los dos salen del mismo crédito hipotecario, el crédito de la Ley 21.631 se descuenta primero de los dividendos del año, imputándolo al capital, y solo los intereses que quedan cuentan para el 55 bis. Ese crédito, de hasta 16 UTM al año por los años tributarios 2024 a 2029, es para viviendas nuevas compradas en los plazos de la ley e inscritas antes del 01-10-2024. (artículo único, incisos 3° y 5°, Ley 21.631; apartado 2, Circular 51 de 2023 del SII)
¿Qué hago si los intereses no aparecen en mi propuesta o no calzan con el certificado del banco?
El banco informa los intereses al SII y a ti, y con eso el SII llena la línea 21 de tu propuesta. Antes de enviar, revisa lo que informó en sii.cl: Servicios online, Declaración de renta, Consulta y seguimiento, «Información de sus ingresos, agentes retenedores y otros». Si hay un error, comunícate con el banco y no envíes tu declaración hasta que lo corrija: si no, el SII genera una observación que después tendrás que rectificar. (art. 55 bis, inciso final, Ley sobre Impuesto a la Renta; respuesta, pregunta frecuente 001.140.0417.011 del SII; página 27, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII; «¿Y si detecto algún error en la información?», guía del SII sobre la información de los agentes retenedores)
Fuentes
Ver fuentes (8)
- Decreto Ley N° 824, de 1974, Ley sobre Impuesto a la Renta · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 27-03-2026 (citado en esta guía: art. 55 bis, incisos 1° y 2°; art. 52; art. 55 bis, inciso 3°; art. 55 bis, inciso final; art. 55 bis, incisos 4° a 6°; art. 55 bis) · leída el 03-10-2026
- Oficio Ordinario N° 1017, de 23-05-2024, del Servicio de Impuestos Internos · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, 2024 (citado en esta guía: conclusión 2) · leída el 02-10-2026
- Ley N° 21.631, de 2023, que establece un beneficio tributario transitorio y extraordinario a la compra de viviendas nuevas adquiridas con créditos con garantía hipotecaria · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Versión única, publicada en el Diario Oficial el 31-10-2023 (citado en esta guía: artículo único, incisos 3° y 5°) · leída el 02-10-2026
- Circular N° 51 del SII, de 04-12-2023: beneficio tributario transitorio por la compra de viviendas nuevas (Ley 21.631) · Servicio de Impuestos Internos · 04-12-2023 (citado en esta guía: apartado 2) · leída el 02-10-2026
- Instrucciones de la línea 21 del Formulario 22, año tributario 2026: intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria (art. 55 bis LIR), Servicio de Impuestos Internos · Servicio de Impuestos Internos · Operación Renta 2026 (citado en esta guía: línea 21, código 750) · leída el 02-10-2026
- Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII · Servicio de Impuestos Internos · Operación Renta 2026 (año tributario 2026) (citado en esta guía: página 27) · leída el 02-10-2026
- Pregunta frecuente del SII 001.140.0417.011, sobre la rebaja de los intereses de créditos hipotecarios (línea 21 del Formulario 22) · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 27-03-2026 (citado en esta guía: respuesta) · leída el 02-10-2026
- SII: «¡Para Declarar Renta sin problemas revisa antes la información que tus Agentes Retenedores nos han entregado!» · Servicio de Impuestos Internos · Operación Renta 2025 (no hay versión 2026 publicada al 02-10-2026) (citado en esta guía: «¿Y si detecto algún error en la información?») · leída el 02-10-2026
Quién escribe y quién revisa
Escribe: Damián Jiménez, Analista Tributario
Revisó: Ignacio Wolf, CEO de Declara Inteligente, el 12 de octubre de 2026
Publicada el · actualizada el
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