Propiedad · Contribuciones
Contribuciones en Chile: cuánto de tu arriendo se llevan
Qué son las contribuciones, cómo se calculan, quién las paga y cuánto de tu arriendo se llevan, con y sin la rebaja DFL2. Escribe tu cuota y míralo.
Por Danaya Lobos Revisado por Ignacio Wolf 9 min de lectura
En corto
Las contribuciones son el impuesto territorial: un impuesto anual sobre el avalúo fiscal de tu propiedad, no sobre su valor comercial. Se pagan en cuatro cuotas: abril, junio, septiembre y noviembre. (art. 1°, Ley 17.235; art. 22, Ley 17.235)
Si arriendas como persona y declaras ese arriendo, las descuentas de tu impuesto a la renta. Y si la vivienda es DFL2, pagas la mitad sobre la construcción durante 10 a 20 años desde su recepción. (art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta; Cuadro Anexo, N° III, letra A), N° 2, Ley 17.235; art. 14, DFL 2)
¿Cuánto de tu arriendo se va en contribuciones?
Escribe tu cuota y tu arriendo: verás qué parte del arriendo del año se llevan, y hasta cuánto subirían cuando termine la rebaja DFL2.
Es una estimación con tus datos. No reemplaza una asesoría: tu caso puede tener detalles que cambian la respuesta.
Lo que este cálculo no considera
- El crédito en tu impuesto a la renta: si arriendas como persona y declaras el arriendo, las contribuciones bajan tu global complementario. (art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- La sobretasa, si el avalúo fiscal de todas tus propiedades suma más de 670 UTA. (art. 7° bis, Ley 17.235)
- Las cuotas atrasadas, que suman reajuste e interés. (art. 53, Código Tributario)
En esta guía · 13 secciones
¿Cómo se calculan?
Se parte del avalúo fiscal que fija el SII. Si la propiedad es habitacional, se le descuenta un monto exento: si el avalúo no lo supera, no pagas contribuciones; si lo supera, pagas sobre la diferencia. (art. 1°, Ley 17.235; art. 2°, inciso 2°, Ley 17.235)
A esa base se le aplica la tasa. Las habitacionales tienen dos tramos de tasa, que fija un decreto después de cada reavalúo, más una sobretasa fiscal. Si el avalúo fiscal de todas tus propiedades suma más de 670 UTA, puede corresponder además una sobretasa sobre ese exceso. (art. 7°, Ley 17.235; art. 7° bis, Ley 17.235)
El SII reavalúa las propiedades cada cuatro años, y los avalúos y el monto exento se reajustan cada semestre según el IPC. Por eso aquí no usamos tasas fijas: la herramienta parte de tu cuota real. (art. 3°, inciso 1°, Ley 17.235; art. 9°, Ley 17.235)
Paso a paso
¿Cómo ves el avalúo y si tu vivienda es DFL2 en sii.cl?
- Entra a sii.cl con tu RUT y tu clave tributaria o Clave Única, y ve a Servicios online, Avalúos y contribuciones de bienes raíces, Mis bienes raíces (información integrada). (respuesta, pregunta frecuente 001.165.8882.002 del SII; pregunta 001.004.2439.009, preguntas frecuentes del SII sobre bienes raíces)
- Para saber si es DFL2, elige «Consultar antecedentes de un bien raíz». (pregunta 001.004.2439.009, preguntas frecuentes del SII sobre bienes raíces)
- Para el avalúo, elige «Consultar certificado de avalúo fiscal», el tipo de certificado y la propiedad. El detallado muestra también el terreno y las construcciones. (respuesta, pregunta frecuente 001.165.8882.002 del SII; pasos 1 a 7, guía del SII para consultar el certificado de avalúo fiscal)
- Descárgalo en PDF o envíalo por correo. El certificado no acredita que seas el dueño. (pasos 1 a 7, guía del SII para consultar el certificado de avalúo fiscal)
¿Quién las paga?
Las paga el dueño o el que ocupa la propiedad, sin perjuicio de la responsabilidad del dueño. El arrendatario no responde por las contribuciones anteriores a su contrato, y si las paga, puede descontarlas del arriendo. (art. 25, Ley 17.235)
¿Cuándo se pagan y qué pasa si no las pagas?
En cuatro cuotas, en abril, junio, septiembre y noviembre. También puedes pagar todo el año en abril. (art. 22, Ley 17.235)
Una cuota atrasada se reajusta por IPC y paga un interés penal por cada día de atraso: la tasa corriente que publica la CMF más 3,5%, que el SII fija cada semestre. Si no pagas, la Tesorería puede cobrarla judicialmente, y la cobranza puede terminar en el remate de bienes embargados. (art. 53, Código Tributario; art. 168, Código Tributario; art. 185, Código Tributario)
¿Cuánto dura la rebaja DFL2?
Las viviendas DFL2 tienen una exención del 50% durante un plazo que depende de su superficie edificada, contado desde la recepción municipal. El terreno no tiene rebaja: cuando termina, la cuota sube, pero menos que el doble. (Cuadro Anexo, N° III, letra A), N° 2, Ley 17.235; art. 14, DFL 2)
Tabla
La rebaja DFL2 según los metros
| Superficie edificada de la vivienda | Años con la rebaja, desde la recepción municipal |
|---|---|
| Hasta 70 m² | 20 años (art. 14, DFL 2) |
| Más de 70 y hasta 100 m² | 15 años (art. 14, DFL 2) |
| Más de 100 y hasta 140 m² | 10 años (art. 14, DFL 2) |
Qué dice la norma
«Las "viviendas económicas" estarán exentas de todo impuesto fiscal que grave la propiedad raíz, con excepción de aquellos que correspondan a pagos de servicios, tales como pavimentación, alcantarillado, alumbrado y otros. La exención no regirá en la parte del impuesto territorial que corresponde a las Municipalidades. Esta exención regirá a contar de la fecha del certificado de recepción emitido por la Municipalidad correspondiente o de la Dirección de Arquitectura, en su caso, conforme a los siguientes plazos: a) por 20 años, cuando la superficie edificada, por unidad de vivienda, no exceda de 70 metros cuadrados; b) por 15 años, cuando esa superficie exceda de 70 metros y no pase de 100 metros cuadrados, y c) por 10 años, cuando ella sea superior a 100 metros cuadrados y no pase de 140 metros cuadrados.
Los terrenos en que se construyan las "viviendas económicas" no gozarán de la exención mencionada en este artículo.»
art. 14, DFL 2 · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)
Es solo para personas, en sus dos DFL2 de adquisición más antigua. Si aportas la vivienda a una sociedad, la rebaja se pierde. Lo explicamos en la guía del beneficio DFL2. (art. 1°, inciso 2°, DFL 2; art. 1°, inciso 3°, DFL 2)
¿Cómo cuentan en tu impuesto a la renta?
Como persona, con arriendos que pagan renta: las contribuciones pagadas en el año, de las propiedades que arriendas con contrato, se descuentan como crédito de tu global complementario, hasta el monto de ese impuesto. Si sobra, no se devuelve. (art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
En tus dos primeras DFL2: su arriendo no paga impuesto a la renta, así que sus contribuciones no se descuentan. (art. 15, DFL 2; art. 55, letra a), Ley sobre Impuesto a la Renta)
Como empresario individual o sociedad: las contribuciones son un gasto que baja la utilidad de primera categoría. (art. 31, N° 2, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Para ver cuánto pagas con tus números, usa la calculadora del global complementario o la calculadora «¿Persona natural o primera categoría?». Si tienes más de dos propiedades, lee qué cambia en tus impuestos.
Ejemplo con números
Dos ejemplos con números
Calculados con la misma herramienta.
Arriendas un departamento en $500.000 al mes y tu cuota es de $90.000. Al año pagas $360.000 de contribuciones: se llevan 6% del arriendo, unos 22 días de arriendo.
Si es una DFL2 con la rebaja vigente y tu cuota es de $45.000, hoy se llevan 3% del arriendo. Cuando termine la rebaja, pueden llegar hasta 6%: tenlo en cuenta al calcular la rentabilidad de los próximos años.
Errores frecuentes
- Calcularlas con el valor comercial. Se calculan con el avalúo fiscal. (art. 1°, Ley 17.235)
- Creer que la rebaja DFL2 dura para siempre. Dura 10 a 20 años desde la recepción municipal. (art. 14, DFL 2)
- Olvidar el crédito en la declaración de renta. Si declaras el arriendo como persona, las contribuciones bajan tu impuesto. (art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Suponer que la cuota no cambia. Cambia con cada reavalúo y se reajusta cada semestre. (art. 3°, inciso 1°, Ley 17.235; art. 9°, Ley 17.235)
- Dejar cuotas atrasadas. Pagan reajuste e interés por cada día de atraso. (art. 53, Código Tributario)
En resumen
- Son un impuesto anual sobre el avalúo fiscal, que se paga en cuatro cuotas: abril, junio, septiembre y noviembre. (art. 1°, Ley 17.235; art. 22, Ley 17.235)
- Una vivienda DFL2 paga la mitad sobre la construcción durante 10 a 20 años desde su recepción, según sus metros. (Cuadro Anexo, N° III, letra A), N° 2, Ley 17.235; art. 14, DFL 2)
- Si arriendas como persona y declaras el arriendo, las descuentas de tu impuesto; en una empresa, son un gasto. (art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 31, N° 2, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- La cuota cambia con cada reavalúo y se reajusta cada semestre. (art. 3°, inciso 1°, Ley 17.235; art. 9°, Ley 17.235)
Qué hacer ahora
Preguntas frecuentes
¿Las paga el arrendatario?
Las paga el dueño o el que ocupa la propiedad. Si el arrendatario las paga, puede descontarlas del arriendo, y no responde por las anteriores a su contrato. (art. 25, Ley 17.235)
¿Puedo pagar todo el año de una vez?
Sí: puedes pagar en abril las contribuciones de todo el año. (art. 22, Ley 17.235)
¿Cada cuánto cambia el avalúo?
El SII reavalúa las propiedades cada cuatro años, y los avalúos se reajustan cada semestre según el IPC. Por eso tu cuota cambia aunque no hagas nada. (art. 3°, inciso 1°, Ley 17.235; art. 9°, Ley 17.235)
¿La rebaja DFL2 cubre el terreno?
No: es solo sobre la construcción. Por eso, cuando termina, la cuota sube, pero menos que el doble. (art. 14, DFL 2)
¿Qué pasa si no pago las contribuciones?
La cuota atrasada se reajusta por IPC y paga un interés penal por cada día de atraso. Y la Tesorería puede cobrarla judicialmente, hasta el remate de bienes embargados. (art. 53, Código Tributario; art. 168, Código Tributario; art. 185, Código Tributario)
¿Qué pasa si las contribuciones son más que mi impuesto a la renta?
Como persona, el crédito llega hasta el monto de tu global complementario: el resto no se devuelve ni se usa contra otro impuesto. (art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Fuentes
Ver fuentes (7)
- Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial (texto refundido: DFL 1 de 1998, del Ministerio de Hacienda), Cuadro Anexo · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 29-03-2025 (citado en esta guía: art. 1°; art. 22; Cuadro Anexo, N° III, letra A), N° 2; art. 7° bis; art. 2°, inciso 2°; art. 7°; art. 3°, inciso 1°; art. 9°; art. 25) · leída el 02-10-2026
- Decreto Ley N° 824, de 1974, Ley sobre Impuesto a la Renta · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 27-03-2026 (citado en esta guía: art. 56, N° 5; art. 55, letra a); art. 31, N° 2) · leída el 03-10-2026
- Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1959, sobre Plan Habitacional (texto definitivo: Decreto 1101 de 1960, del Ministerio de Obras Públicas) · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, última versión del 01-03-2020 (incluye los incisos que agregó la Ley 20.455) (citado en esta guía: art. 14; art. 1°, inciso 2°; art. 1°, inciso 3°; art. 15) · leída el 02-10-2026
- Código Tributario, Decreto Ley N° 830, de 1974 · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 11-07-2025 (citado en esta guía: art. 53; art. 168; art. 185) · leída el 02-10-2026
- Pregunta frecuente del SII 001.165.8882.002: ¿Cómo se puede obtener un certificado de avalúo fiscal? · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 07-04-2026 (citado en esta guía: respuesta) · leída el 04-10-2026
- Pregunta frecuente 001.004.2439.009 del Servicio de Impuestos Internos: cómo consultar si una vivienda está acogida al DFL 2 · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 23-07-2024 (citado en esta guía: pregunta 001.004.2439.009) · leída el 02-10-2026
- SII: «Consultar certificado de avalúo fiscal», guía de ayuda · Servicio de Impuestos Internos · Julio de 2024 (citado en esta guía: pasos 1 a 7) · leída el 04-10-2026
Quién escribe y quién revisa
Escribe: Danaya Lobos, Analista Contable
Revisó: Ignacio Wolf, CEO de Declara Inteligente, el 12 de octubre de 2026
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