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Declara Inteligente

Recuperación de IVA · Artículo 27 bis

Restitución del IVA y qué pasa al vender

Recuperar el IVA no es un regalo: la ley dice cómo se restituye y qué pasa si vendes el departamento. Aquí, lo que dice la norma y lo que hay que revisar caso a caso.

Quién escribe y quién revisa

Escribe: Katiuska Ortega, Líder Tributario Contable

Revisó: Ignacio Wolf, CEO de Declara Inteligente, el 12 de octubre de 2026

Publicada el · actualizada el

Cómo se restituye lo devuelto

Quien recibe la devolución del artículo 27 bis la restituye mediante los pagos efectivos de IVA que haga en la Tesorería por sus operaciones normales, a contar del mes siguiente al período al que corresponde la devolución. Para un departamento arrendado amoblado, esas operaciones normales son los arriendos gravados con IVA. (art. 27 bis, inciso 2°, DL 825; resolutivo 7, Resolución Exenta 55 de 2021 del SII)

Si en los meses siguientes hay operaciones exentas o no gravadas, se restituye además una suma adicional: se aplica la tasa del IVA a lo que resulta de multiplicar las operaciones totales del mes por la proporción de operaciones gravadas del mes en que se compró el activo fijo, menos las operaciones afectas del mes. (art. 27 bis, inciso 2°, DL 825; resolutivo 7, Resolución Exenta 55 de 2021 del SII)

También se devuelve el remanente obtenido, o la parte que proceda, si se recibió una devolución mayor a la que correspondía y en caso de término de giro. (art. 27 bis, inciso 2°, DL 825)

En la práctica, el IVA que pagas cada mes por el arriendo queda registrado en tu Formulario 29 y va descontando el saldo que falta por restituir. Si el departamento queda sin arrendar, no pasa nada: el saldo se sigue restituyendo cuando lo vuelvas a arrendar o al venderlo. (art. 27 bis, inciso 2°, DL 825)

Si vendes el departamento

La venta de un inmueble que forma parte del activo inmovilizado está gravada con IVA cuando tuviste derecho a crédito fiscal por su adquisición o construcción. Es justamente el caso de un departamento por el que recuperaste el IVA. (art. 8°, letra m), DL 825)

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En la venta de un inmueble gravado, del precio se deduce el valor de adquisición del terreno incluido en la operación: el IVA se aplica sobre la construcción. (art. 17, inciso 2°, DL 825)

Al vender, se restituye el saldo que quede: lo recuperado menos el IVA que ya pagaste en los Formularios 29 de los arriendos. Por ejemplo, si recuperaste $15.000.000 de IVA y en los Formularios 29 de los arriendos ya pagaste $1.000.000, al vender restituyes el saldo: $14.000.000. (art. 27 bis, inciso 2°, DL 825)

Antes de vender, o de prometer la venta, conviene revisar el caso con los números de tu contabilidad: el resultado depende de cuánto falta por restituir y de cómo se fije el precio.

No confundir: la rebaja del 11% del avalúo fiscal

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Es otra norma y no tiene que ver con la restitución. En el arriendo de inmuebles amoblados, para calcular el IVA del arriendo se deduce de la renta una cantidad equivalente al 11% anual del avalúo fiscal del inmueble, o la proporción que corresponda si el arriendo es parcial o por menos de un año. (art. 17, inciso 1°, DL 825)

Más sobre el IVA del arriendo en arriendo amoblado e IVA.

Mientras tanto: tus obligaciones de cada mes

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Después de pedir la devolución sigues declarando el IVA cada mes en el Formulario 29; en el del período siguiente a la solicitud se deduce el monto pedido, en la línea destinada a la devolución del artículo 27 bis. (resolutivo 4, Resolución Exenta 55 de 2021 del SII)

Además, después de recuperar el IVA quedan estas obligaciones:

Fuentes

Ver fuentes (4)
  1. Decreto Ley N° 825, de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, última versión del 05-03-2026 (arts. 14, 15, 17, 21 a 24, 27 bis, 55 y 57 releídos el 03-10-2026; versión comprobada en LeyChile el 16-10-2026, sin cambios) · leída el 16-10-2026
  2. Resolución Exenta SII N° 55, de 04-06-2021: procedimiento de las solicitudes de devolución del artículo 27 bis · Servicio de Impuestos Internos · Resolución vigente al 02-10-2026 (deja sin efecto la Resolución Exenta 617 de 1999) · leída el 02-10-2026
  3. Decreto Ley N° 824, de 1974, Ley sobre Impuesto a la Renta · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 27-03-2026 (arts. 74 N° 2, 84 y 89 leídos el 03-10-2026) · leída el 03-10-2026
  4. Calendario Tributario del Servicio de Impuestos Internos (Formulario 29, Formulario 22, declaraciones juradas y pago de contribuciones) · Servicio de Impuestos Internos · Calendario 2026, meses de enero a diciembre; sin fechas de 2027 al 03-10-2026 · leída el 03-10-2026

Guía en PDF · 13 páginas

Recuperación de IVA paso a paso

Todo el proceso en un archivo para leer en el teléfono o imprimir. Escribe Katiuska Ortega; revisó Ignacio Wolf.

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  • Los nueve pasos, en orden, cada uno con lo que hay que hacer.
  • Una línea de tiempo con los plazos de la ley y la mediana de 39,5 días de nuestros casos (no es el plazo legal ni el tiempo hasta el depósito).
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