DFL2 · Estructura
DFL2 en Chile: beneficios para inversionistas y qué estructura te conviene
Con viviendas DFL2, ¿persona natural, empresario individual o sociedad? Qué ganas y qué pierdes en cada camino, con el árbol de decisión.
Por Katiuska Ortega Revisado por Ignacio Wolf 20 min de lectura
En corto
Con tus dos DFL2 más antiguas a tu nombre, quedarte como persona natural suele ser lo que más conviene: su arriendo no paga impuesto a la renta, rebajas los intereses del crédito con el artículo 55 bis y conservas el beneficio de UF 8.000 al vender. (art. 15, DFL 2; art. 55 bis, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 17, N° 8, encabezado y letra b), Ley sobre Impuesto a la Renta)
Una empresa no mejora ese resultado: como empresario individual el arriendo sigue sin pagar renta, pero sus gastos no se descuentan; una sociedad descuenta los gastos, pero mientras la vivienda sea suya no tiene el beneficio DFL2. (párrafos finales, Oficio 1452 de 2024 del SII; art. 33, N° 1, letra e), Ley sobre Impuesto a la Renta; respuesta, N° 1 y N° 2, y nota 3, Oficio 1612 de 2023 del SII)
Y una sociedad no te permite tener más DFL2 con beneficio: ninguna persona jurídica lo tiene. (art. 1°, inciso 3°, DFL 2)
Con DFL2, ¿persona natural, empresario individual o sociedad?
Responde hasta cuatro preguntas sobre tus viviendas DFL2. Al final verás qué te conviene revisar y, si corresponde, podrás comparar con números en la calculadora. Si no sabes cuáles son tus dos DFL2 más antiguas, revísalo primero en Beneficio DFL2 en Chile: cómo funciona.
Guía de orientación. No reemplaza una asesoría: tu caso puede tener detalles que cambian la respuesta.
Cada respuesta te lleva a la pregunta siguiente o a tu resultado. Más abajo están todos los resultados posibles.
Pregunta 1
Las viviendas que quieres ordenar, ¿son DFL2 y están entre tus dos más antiguas?
Una vivienda DFL2 tiene hasta 140 m² construidos, es para vivir y lo dice la escritura. El beneficio alcanza a las dos DFL2 de adquisición más antigua de cada persona.
Pregunta 2
¿Tienen crédito hipotecario vigente?
Pregunta 3
¿Cuánto pagas al año en intereses del crédito?
Míralo en el certificado anual de intereses de tu banco: es el interés, no el dividendo completo.
Pregunta 4
¿Piensas vender en los próximos 5 a 10 años?
Resultados posibles
Qué pasa en tu caso
Sin DFL2, tu arriendo paga impuesto a la renta: compara las opciones con números.
Por qué
Si tus propiedades no son DFL2, el arriendo tributa normalmente. Como empresario individual o sociedad puedes descontar gastos como intereses y depreciación; como persona, rebajas los intereses con el artículo 55 bis. Si arriendas amoblado, el arriendo paga IVA y puede proceder la devolución del IVA de la compra.
Qué te conviene revisar
- Como persona, con la propiedad fuera de la contabilidad de una empresa, puedes tener el beneficio de UF 8.000 si le vendes a alguien no relacionado y después de más de un año desde la compra (cuatro en algunos casos).
- Una sociedad separa tu patrimonio y ordena la herencia, pero cuesta más mantenerla.
- Usa la calculadora para comparar persona natural y primera categoría con tus montos.
Norma
Artículo 31 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta · Artículo 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta · Artículos 8°, letra g), y 27 bis del DL 825 · Artículo 17 N° 8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
Qué pasa en tu caso
Quedarte como persona natural es lo que más te conviene.
Por qué
Con tus dos primeras DFL2 y sin crédito, su arriendo ya no paga IVA ni impuesto a la renta. Una empresa no agrega nada: como empresario individual el arriendo tampoco paga renta, pero sus gastos no se descuentan; en una sociedad, el arriendo pasa a pagar impuesto.
Qué te conviene revisar
- Como persona, con la propiedad fuera de la contabilidad de una empresa, puedes tener el beneficio de UF 8.000 si le vendes a alguien no relacionado y después de más de un año desde la compra (cuatro en algunos casos).
- Sin crédito, los gastos que quedan (contribuciones, seguros, reparaciones) suelen ser bajos y no justifican el costo de una estructura.
- Si la propiedad entra a la contabilidad de una empresa, el beneficio de UF 8.000 se pierde.
Norma
Artículo 15 del DFL 2 de 1959 · Artículos 17 N° 8, 31 y 33 N° 1 letra e) de la Ley sobre Impuesto a la Renta · Oficios 1017, 1452 y 1703 de 2024 y Oficio 1688 de 2019 del SII
Qué pasa en tu caso
Te conviene seguir como persona natural y rebajar los intereses con el artículo 55 bis.
Por qué
Como persona puedes rebajar de tu global complementario los intereses del crédito, hasta 8 UTA al año, y conservas los beneficios DFL2. Como empresario individual el arriendo sigue sin pagar renta, pero los intereses no se descuentan. Una sociedad sí los descuenta, pero mientras la vivienda sea suya no tiene el beneficio DFL2.
Qué te conviene revisar
- La rebaja del artículo 55 bis es completa si tu renta del año es menor a 90 UTA, se reduce entre 90 y 150 UTA y desaparece sobre 150 UTA.
- El empresario individual solo sirve para asignar la deuda a la empresa sin trámite en el banco; no baja los impuestos de este arriendo.
- Con intereses en este rango, el ahorro de una sociedad rara vez compensa perder el beneficio de UF 8.000 al vender.
Norma
Artículos 31, 33 N° 1 letra e) y 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta · Artículo 17 N° 8 de la Ley sobre Impuesto a la Renta · Oficios 1017 y 1452 de 2024 y 1612 de 2023 del SII
Qué pasa en tu caso
No traspases estas viviendas a una sociedad: sigue como persona natural.
Por qué
Si piensas vender en 5 a 10 años, el beneficio de UF 8.000 vale mucho: como persona, la ganancia puede quedar libre de impuesto. En una sociedad esa ganancia paga impuesto, y el ahorro por descontar intereses en el plazo que queda difícilmente lo compensa.
Qué te conviene revisar
- Como persona conservas el beneficio de UF 8.000 y sigues rebajando intereses con el artículo 55 bis, hasta 8 UTA al año.
- La rebaja del artículo 55 bis es completa si tu renta del año es menor a 90 UTA, se reduce entre 90 y 150 UTA y desaparece sobre 150 UTA.
- Ojo con el empresario individual: mantiene el beneficio del arriendo, pero pierde el de UF 8.000 al vender.
- En una sociedad, además, se pierde la exención de IVA del arriendo DFL2 y hay costos de mantención.
Atención: Si la propiedad tiene plusvalía y piensas venderla, no la asignes a tu empresa individual.
Norma
Artículos 17 N° 8 y 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta · Oficio 1688 de 2019 del SII · Oficios 1017 y 1452 de 2024 del SII
Qué pasa en tu caso
Es el único caso en que una sociedad puede competir, pero hay que simularlo.
Por qué
Con intereses altos y sin plan de venta, una sociedad puede descontarlos de su utilidad. Pero mientras la vivienda sea de la sociedad no tiene el beneficio DFL2 ni la exención de IVA, devolverla después a tu nombre es otra venta, con sus costos e impuestos, y como persona el artículo 55 bis muchas veces gana o empata.
Qué te conviene revisar
- Compara el ahorro anual de la sociedad con lo que vale hoy el beneficio de UF 8.000 que perderías.
- El empresario individual mantiene el beneficio del arriendo, pero los intereses no bajan su impuesto; solo permite asignar la deuda sin trámite en el banco.
- Una sociedad empieza a ganar cuando los intereses son muy altos y tu tramo del global complementario es bajo.
- Como persona, la rebaja del artículo 55 bis tiene un tope de 8 UTA al año: es completa si tu renta es menor a 90 UTA, se reduce entre 90 y 150 UTA y desaparece sobre 150 UTA.
Atención: Traspasar una DFL2 a una sociedad casi siempre sacrifica más de lo que gana. Simúlalo con tus números antes de decidir.
Norma
Artículos 31, 33 N° 1 letra e), 17 N° 8 y 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta · Oficios 1017 y 1452 de 2024 y 1612 de 2023 del SII · Pregunta frecuente 001.140.2747.014 del SII
Qué pasa en tu caso
Desde tu tercera DFL2, la vivienda tributa como cualquier otra: compara con números.
Por qué
El beneficio DFL2 alcanza solo a tus dos viviendas DFL2 de adquisición más antigua. Desde la tercera, el arriendo paga impuesto a la renta: global complementario como persona, primera categoría como empresario individual o con una sociedad. Si la arriendas amoblada, el arriendo además paga IVA.
Qué te conviene revisar
- Como persona rebajas los intereses del crédito con el artículo 55 bis, hasta 8 UTA al año.
- Como persona, con la propiedad fuera de la contabilidad de una empresa, puedes tener el beneficio de UF 8.000 si le vendes a alguien no relacionado y después de más de un año desde la compra (cuatro en algunos casos).
- Si la arriendas amoblada y la compraste como empresario individual, puede proceder la devolución del IVA de la compra. Lo seguro es iniciar actividades antes de la escritura (criterio de prudencia de Declara).
- Usa la calculadora para comparar persona natural y primera categoría con tus montos.
Norma
Artículo 1° del DFL 2 de 1959 (incisos que agregó la Ley 20.455) · Artículos 17 N° 8, 31 N° 1 y 55 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta · Artículos 8°, letra g), y 27 bis del DL 825
En esta guía · 12 secciones
- En corto
- Con DFL2, ¿persona natural, empresario individual o sociedad?
- ¿Qué cambia en cada uno de los tres caminos?
- ¿Qué decide cuál te conviene?
- Un ejemplo con números
- ¿Qué te da el DFL2 como inversionista?
- ¿Cuándo se pierden los beneficios?
- Errores frecuentes
- En resumen
- Qué hacer ahora
- Preguntas frecuentes
- Fuentes
¿Qué cambia en cada uno de los tres caminos?
Tabla
Persona natural es el camino más directo cuando el crédito es bajo o ya está pagado, y no necesitas empresa.
Empresario individual: su único beneficio práctico es asignar la deuda hipotecaria a la empresa sin trámite en el banco.
Sociedad: conviene solo si los gastos que descuenta pesan más que lo que se pierde.
Qué dice la norma
«Los beneficios establecidos en el presente decreto con fuerza de ley no podrán ser utilizados por las personas jurídicas, cualquiera fuere su naturaleza.»
art. 1°, inciso 3°, DFL 2 · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)
No puedes renunciar al DFL2 para quedarte con la vivienda y recuperar el IVA. (conclusión, Oficio 1703 de 2024 del SII)
La única vía para recuperarlo es que la vivienda sea de una sociedad. (párrafos finales, Oficio 1452 de 2024 del SII)
Mientras sea de la sociedad, no tiene los beneficios DFL2: las personas jurídicas no pueden acogerse a ellos. Si más adelante la compra una persona natural, los beneficios dependen de que esa persona cumpla sus propios requisitos y el límite de dos. (respuesta, N° 1 y N° 2, y nota 3, Oficio 1612 de 2023 del SII; respuesta, pregunta frecuente 2747 del SII)
Y devolverla a una persona natural es una venta nueva, con sus costos e impuestos.
¿Qué decide cuál te conviene?
Si los intereses de tu crédito están bajo el tope de la rebaja del 55 bis (8 UTA al año, unos $6.926.496 con la UTA de octubre de 2026), seguir como persona natural y rebajarlos de tu global complementario suele ganar. La rebaja es completa si tu renta del año es menor a 90 UTA, se reduce entre 90 y 150 UTA y desaparece sobre 150 UTA. (art. 55 bis, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Si tus intereses son más altos y piensas vender en los próximos 5 a 10 años, no traspases la vivienda a una sociedad: el beneficio de UF 8.000 al vender suele valer más que el ahorro en intereses. (art. 17, N° 8, encabezado y letra b), Ley sobre Impuesto a la Renta; conclusión, Oficio 1688 de 2019 del SII)
Solo con intereses muy altos y sin plan de venta una sociedad puede competir, y aun así la persona natural con el 55 bis muchas veces gana o empata. Hay que simularlo con tus números antes de decidir.
Ejemplo con números
Un ejemplo con números
Tu renta del año es de $70.000.000 (unas 81 UTA) y arriendas una de tus dos DFL2 más antiguas en $7.200.000 al año. Pagas $6.000.000 de intereses de su crédito.
- Como persona natural: el arriendo no paga impuesto, y con el 55 bis rebajas los intereses completos. Tu impuesto del año baja cerca de $1.380.000 (tu tramo es de 23%).
- Como empresario individual: el arriendo sigue sin pagar impuesto, pero los intereses no se descuentan y pierdes el 55 bis: pagas cerca de $1.380.000 más que como persona.
- En una sociedad: el arriendo paga 27% sobre la utilidad, arriendo menos intereses: $320.000 al año, más el costo de la contabilidad. La depreciación puede bajar ese impuesto, pero la vivienda ya no tiene el beneficio DFL2 ni el de UF 8.000 al vender.
Con estos números, la persona natural gana. Montos redondeados a la decena de mil, con la UTA de octubre de 2026; impuesto del año antes de retenciones y pagos provisionales.
Para comparar persona natural y primera categoría con tus propios montos, usa la calculadora.
¿Qué te da el DFL2 como inversionista?
Ver el detalle
El detalle de cada beneficio y cuáles de tus viviendas lo conservan está en Beneficio DFL2 en Chile: cómo funciona. En resumen:
Una vivienda DFL2 tiene una superficie edificada de hasta 140 m² y fue construida conforme a ese decreto; lo dice su escritura. Sus beneficios son solo para personas naturales y en un máximo de dos viviendas: las dos de adquisición más antigua. (art. 1°, inciso 1°, DFL 2; art. 1°, inciso 2°, DFL 2)
- Arriendo: no paga impuesto a la renta ni IVA, aunque la arriendes amoblada. (art. 15, DFL 2; conclusión 1, Oficio 1017 de 2024 del SII; art. 12, letra E, N° 7, DL 825)
- Contribuciones: exención del 50% durante 20 años hasta 70 m², 15 años sobre 70 y hasta 100 m², y 10 años sobre 100 y hasta 140 m², desde la recepción municipal. (art. 14, DFL 2; Cuadro Anexo, N° III, letra A), N° 2, Ley 17.235)
- Escrituras: pagan el 25% de los impuestos que correspondan, dentro de los dos años siguientes a la recepción. En el impuesto de timbres de un crédito, 0,2% en vez de 0,8%. (art. 12, DFL 2)
- Herencia: queda fuera del impuesto si quien la deja la construyó o la compró nueva, en primera transferencia, al menos seis meses antes de fallecer. (art. 16, DFL 2; art. 16, inciso 2°, DFL 2; respuesta, pregunta frecuente 001.160.2769.010 del SII)
El beneficio del arriendo vale más mientras más alto es tu tramo del global complementario, porque es impuesto que no pagas. En la vivienda donde vives no hay arriendo que liberar, pero igual cuenta para el límite de dos si es de las más antiguas. (art. 15, DFL 2; art. 52, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 1°, inciso 2°, DFL 2)
¿Cuándo se pierden los beneficios?
- Si la vivienda deja de ser vivienda económica: los beneficios caducan si se destruye, o si se demuele o transforma de modo que pierda sus características. Ampliarla sobre 140 m², o ampliarla sin permiso municipal, hace que se dejen sin efecto. (art. 18, inciso 2°, DFL 2; respuesta, con la Circular 37 de 2003, Oficio 1913 de 2015 del SII)
- Si deja de tener destino habitacional: por ejemplo, si se arrienda como apart-hotel, con servicios de hotel. Arrendarla amoblada, sin esos servicios, no cambia su destino. (respuesta, Oficio 3389 de 2016 del SII)
- Si pasa a una sociedad: las personas jurídicas no tienen el beneficio. (art. 1°, inciso 3°, DFL 2)
- Si no está entre tus dos más antiguas: desde la tercera, la vivienda tributa como cualquier otra, también las compradas antes de 2010. (art. 1°, inciso 2°, DFL 2; art. quinto transitorio (texto que le dio la Ley 21.420), Ley 20.455)
Errores frecuentes
- Iniciar actividades para bajar los impuestos de tus dos DFL2. Como empresario individual, sus gastos no se descuentan, porque el arriendo no constituye renta. (párrafos finales, Oficio 1452 de 2024 del SII; art. 33, N° 1, letra e), Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Querer renunciar al DFL2 para recuperar el IVA. No se puede renunciar. (conclusión, Oficio 1703 de 2024 del SII)
- Traspasar una DFL2 a una sociedad para descontar intereses sin calcular lo que se pierde mientras sea de la sociedad: el beneficio del arriendo, la exención de IVA y el beneficio de UF 8.000. Devolverla después a tu nombre es otra venta, con sus costos e impuestos. (art. 1°, inciso 3°, DFL 2; respuesta, N° 1 y N° 2, y nota 3, Oficio 1612 de 2023 del SII)
- Crear una sociedad para tener más DFL2 con beneficio. Ninguna persona jurídica tiene el beneficio, sea cual sea su tipo. (art. 1°, inciso 3°, DFL 2)
- Asignar a tu empresa individual una DFL2 que piensas vender. Al venderla desde la empresa, pierdes el beneficio de UF 8.000. (conclusión, Oficio 1688 de 2019 del SII)
- Pasar a empresa desde la tercera propiedad sin hacer los números. Pasar a empresario individual conviene con claridad solo si no piensas vender en muchos años, los intereses son muy altos, la propiedad no es DFL2 y tu tramo del global complementario es alto.
Si piensas vender, revisa también el árbol «¿Pago impuesto al vender mi propiedad?».
En resumen
- Con tus dos DFL2 más antiguas, la persona natural suele ganar: arriendo sin impuesto a la renta, rebaja del 55 bis y UF 8.000 al vender. (art. 15, DFL 2; art. 55 bis, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 17, N° 8, encabezado y letra b), Ley sobre Impuesto a la Renta)
- El empresario individual no descuenta sus gastos; la sociedad los descuenta, pero mientras la vivienda sea suya no tiene el DFL2. (párrafos finales, Oficio 1452 de 2024 del SII; art. 33, N° 1, letra e), Ley sobre Impuesto a la Renta; respuesta, N° 1 y N° 2, y nota 3, Oficio 1612 de 2023 del SII)
- Lo que decide son tus intereses frente al tope del 55 bis y si piensas vender: hazlo con tus números. (art. 55 bis, Ley sobre Impuesto a la Renta; conclusión, Oficio 1688 de 2019 del SII)
Qué hacer ahora
Preguntas frecuentes
¿Me conviene comprar mis dos primeras DFL2 para arrendar y no para vivir?
Depende de tu caso. Lo que dice la ley es que el beneficio queda en tus dos DFL2 de adquisición más antigua, las arriendes o vivas en ellas. El beneficio del arriendo vale más en una vivienda arrendada y con un tramo alto del global complementario. (art. 1°, inciso 2°, DFL 2; art. 15, DFL 2)
¿Me conviene iniciar actividades como empresario individual con mis DFL2?
Para tus dos DFL2 más antiguas, en general no baja impuestos: el arriendo sigue sin pagar renta, sus gastos no se descuentan y pierdes la rebaja del 55 bis. Su ventaja es asignar la deuda hipotecaria sin trámite en el banco. Desde la tercera, los intereses sí son gasto de la empresa. (párrafos finales, Oficio 1452 de 2024 del SII; conclusión 2, Oficio 1017 de 2024 del SII; art. 33, N° 1, letra e), Ley sobre Impuesto a la Renta; análisis, apartado II, párrafo final, Oficio 1017 de 2024 del SII)
¿Y si mi tercera vivienda también es DFL2?
No tiene el beneficio: tributa como cualquier otra. Su arriendo paga impuesto a la renta y, si la arriendas amoblada, IVA. Ahí sí puede convenir comparar persona natural y primera categoría. (art. 1°, inciso 2°, DFL 2)
¿Una EIRL o una SpA puede tener viviendas DFL2 con beneficio?
No. Las dos son personas jurídicas, y ninguna persona jurídica puede usar los beneficios DFL2, cualquiera sea su naturaleza. El empresario individual es distinto: eres tú, con tu RUT, y la vivienda sigue siendo tuya. (art. 1°, inciso 3°, DFL 2; art. 2°, Ley 19.857; párrafos finales, Oficio 1452 de 2024 del SII)
¿Pierdo el DFL2 si arriendo la vivienda con servicios de hotel?
Puede pasar. Si la vivienda deja de tener como destino principal el habitacional, como un apart-hotel con mucama y lavandería, el SII deja sin efecto sus beneficios DFL2. Arrendarla amoblada, sin servicios de hotel, no cambia su destino. (respuesta, Oficio 3389 de 2016 del SII)
¿Cómo verifico si mi propiedad es DFL2?
Lo dice la escritura. En sii.cl, con tu clave tributaria: Servicios online, Avalúos y contribuciones de bienes raíces, Mis bienes raíces, opción «Consultar antecedentes de un bien raíz». (pregunta 001.004.2439.009, preguntas frecuentes del SII sobre bienes raíces)
Fuentes
Ver fuentes (16)
- Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1959, sobre Plan Habitacional (texto definitivo: Decreto 1101 de 1960, del Ministerio de Obras Públicas) · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, última versión del 01-03-2020 (incluye los incisos que agregó la Ley 20.455) (citado en esta guía: art. 15; art. 1°, inciso 3°; art. 1°, inciso 2°; art. 1°, inciso 1°; art. 14; art. 12; art. 16; art. 16, inciso 2°; art. 18, inciso 2°) · leída el 02-10-2026
- Decreto Ley N° 824, de 1974, Ley sobre Impuesto a la Renta · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 27-03-2026 (citado en esta guía: art. 55 bis; art. 17, N° 8, encabezado y letra b); art. 33, N° 1, letra e); art. 31, inciso 1°; art. 31, N° 5; art. 31, N° 5, incisos 2° y 3°; art. 52; art. 20, inciso 1°) · leída el 03-10-2026
- Oficio Ordinario N° 1452, de 19-07-2024, del Servicio de Impuestos Internos · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, 2024 (citado en esta guía: párrafos finales) · leída el 02-10-2026
- Oficio Ordinario N° 1612, de 31-05-2023, del Servicio de Impuestos Internos: beneficios del DFL 2 desde el 01-01-2023 · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, DFL 2, 2023 (citado en esta guía: respuesta, N° 1 y N° 2, y nota 3) · leída el 04-10-2026
- Oficio Ordinario N° 1017, de 23-05-2024, del Servicio de Impuestos Internos · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, 2024 (citado en esta guía: conclusión 1; conclusión 2; análisis, apartado II, párrafo final) · leída el 02-10-2026
- Decreto Ley N° 825, de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, última versión del 05-03-2026 (citado en esta guía: art. 12, letra E, N° 7) · leída el 16-10-2026
- Oficio Ordinario N° 1688, de 21-06-2019, del Servicio de Impuestos Internos: enajenación de un inmueble del patrimonio personal de un empresario individual · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a la Renta, 2019 (citado en esta guía: conclusión) · leída el 02-10-2026
- Oficio Ordinario N° 1703, de 23-08-2024, del Servicio de Impuestos Internos: renuncia a los beneficios del DFL 2 · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, otras normas, 2024 (citado en esta guía: conclusión) · leída el 02-10-2026
- Pregunta frecuente 001.140.2747.014 del Servicio de Impuestos Internos: arriendo de un inmueble DFL 2 después de venderlo · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 03-10-2025 (citado en esta guía: respuesta) · leída el 04-10-2026
- Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial (texto refundido: DFL 1 de 1998, del Ministerio de Hacienda), Cuadro Anexo · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 29-03-2025 (citado en esta guía: Cuadro Anexo, N° III, letra A), N° 2) · leída el 02-10-2026
- Pregunta frecuente del SII 001.160.2769.010: ¿Cuál es el beneficio de los bienes raíces acogidos al DFL-2 de 1959 (viviendas económicas), con respecto al Impuesto a las Herencias? · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 24-06-2025 (citado en esta guía: respuesta) · leída el 03-10-2026
- Oficio Ordinario N° 1913, de 24-07-2015, del Servicio de Impuestos Internos: ampliaciones de viviendas DFL 2 · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a la Renta, 2015 (citado en esta guía: respuesta, con la Circular 37 de 2003) · leída el 02-10-2026
- Oficio Ordinario N° 3389, de 27-12-2016, del Servicio de Impuestos Internos: viviendas DFL 2 arrendadas amobladas y destino habitacional · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a la Renta, 2016 (citado en esta guía: respuesta) · leída el 04-10-2026
- Ley N° 20.455, de 2010 (artículo 8°: límite de dos viviendas DFL 2 por persona natural) · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Publicada en el Diario Oficial el 31-07-2010 (citado en esta guía: art. quinto transitorio (texto que le dio la Ley 21.420)) · leída el 02-10-2026
- Ley N° 19.857, de 2003, que autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 09-01-2014 (citado en esta guía: art. 2°) · leída el 02-10-2026
- Pregunta frecuente 001.004.2439.009 del Servicio de Impuestos Internos: cómo consultar si una vivienda está acogida al DFL 2 · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 23-07-2024 (citado en esta guía: pregunta 001.004.2439.009) · leída el 02-10-2026
Quién escribe y quién revisa
Escribe: Katiuska Ortega, Líder Tributario Contable
Revisó: Ignacio Wolf, CEO de Declara Inteligente, el 12 de octubre de 2026
Publicada el · actualizada el
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