Inversión · Flujo después de impuestos
Libertad financiera inmobiliaria: cuánto te deja un departamento
Cuánto te deja de verdad un departamento arrendado: flujo mensual y rentabilidad después del dividendo, los gastos y el impuesto del arriendo.
Por Danaya Lobos Revisado por Ignacio Wolf 12 min de lectura
En corto
Un departamento arrendado te deja lo que queda del arriendo después del dividendo, los gastos, las contribuciones y el impuesto. Con crédito, ese flujo puede ser negativo: depende de tu pie, tu tasa y tu arriendo.
En el ejemplo de esta guía, con un departamento de UF 3.000 y pie de 20%, su dueña pone cerca de $91.000 al mes de su bolsillo mientras paga el crédito.
El impuesto cambia según la propiedad: como persona, el arriendo de tus dos primeras viviendas DFL2 no paga renta; los demás suman a tu global complementario, y sus contribuciones se descuentan de ese impuesto. (art. 15, DFL 2; art. 1°, inciso 2°, DFL 2; art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
¿Cuánto te deja tu departamento?
Escribe el precio, tu crédito, el arriendo y los gastos: verás tu flujo del mes y del año después de impuestos, la rentabilidad bruta potencial y la neta. No incluye seguros, gastos de compra ni la rebaja del artículo 55 bis.
Es una estimación con tus datos, no una promesa de resultado. No reemplaza una asesoría.
Lo que este cálculo no considera
- El reajuste por IPC: al declarar, el arriendo de cada mes se reajusta por la variación del IPC hasta el cierre del año (el asistente del SII pide el «ingreso anual actualizado»). El cálculo usa el arriendo sin reajustar. (art. 33, N° 4, Ley sobre Impuesto a la Renta; página 46, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
- Los requisitos del crédito por contribuciones: un contrato de arriendo y las contribuciones pagadas dentro del año. El cálculo supone que los cumples. (art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- El arriendo amoblado, que tiene otras reglas: el cálculo es para un departamento arrendado sin amoblar. (art. 17, inciso 1°, DL 825)
- El impuesto cuando vendas: se calcula aparte, con tu saldo de UF 8.000. Está en la guía de la banda de UF 8.000. (art. 17, N° 8, letra b), literal ii), Ley sobre Impuesto a la Renta)
En esta guía · 12 secciones
- En corto
- ¿Cuánto te deja tu departamento?
- ¿Cuánto impuesto paga tu arriendo como persona?
- Un ejemplo con números
- ¿Cuántos departamentos necesitas para vivir de tus arriendos?
- ¿Qué pasa con el IVA y con una empresa?
- ¿Quién te ayuda con cada paso?
- Errores frecuentes
- En resumen
- Qué hacer ahora
- Preguntas frecuentes
- Fuentes
¿Cuánto impuesto paga tu arriendo como persona?
Si arriendas una de tus dos primeras viviendas DFL2 a tu nombre, ese arriendo no paga renta, esté o no amoblada. El beneficio es solo para personas y para las dos de adquisición más antigua. La calculadora de esta guía es para un arriendo sin amoblar. (art. 15, DFL 2; art. 1°, inciso 2°, DFL 2; análisis, apartado II, Oficio 1017 de 2024 del SII)
Qué dice la norma
«Las rentas que produzcan las "viviendas económicas" no se considerarán para los efectos del Impuesto Global Complementario ni Adicional, y estarán, además, exentas de cualquier impuesto de categoría de la Ley de Impuesto a la Renta.»
art. 15, DFL 2 · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile)
Por eso el arriendo de esas dos no sube tu tramo: no se suma a tus otras rentas, ni siquiera para calcular la tasa. (art. 15, DFL 2; página 16, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
Desde la tercera, o si no es DFL2, el arriendo suma a tu global complementario y paga según tu tramo. Como persona sin contabilidad, no descuentas gastos del arriendo. (art. 20, N° 1, letra b), Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 52, Ley sobre Impuesto a la Renta)
No paga primera categoría: como persona, el arriendo de un bien raíz no agrícola está exento de ese impuesto y solo cuenta en tu global complementario. (art. 39, N° 3, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 54, N° 2, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Las contribuciones de la propiedad arrendada se descuentan de ese impuesto, hasta su monto; si sobra, no se devuelve. (art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Los intereses del crédito hipotecario se pueden rebajar de tu renta hasta 8 UTA al año, según lo que ganas. La calculadora de arriba no los incluye: tienen su propia calculadora del artículo 55 bis. (art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
Cuándo conviene pasar tus arriendos a una empresa lo compara la calculadora «¿Persona natural o primera categoría?», y qué pasa desde la tercera propiedad, la guía de más de dos propiedades.
Paso a paso
¿Cómo se declara el arriendo?
- Se declara en abril, en tu declaración de renta, con lo que recibiste de arriendo el año anterior. Si tus rentas que pagan global complementario, sumadas, pasan de 13,5 UTA, estás obligado a declarar. (art. 65, N° 3, Ley sobre Impuesto a la Renta; página 42, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
- El asistente de arriendos del SII aparece si tienes tres o más propiedades habitacionales, o dos y al menos una no es DFL2; también con bodegas, estacionamientos o arriendos informados por terceros. (página 43, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
- Escribe el ingreso anual actualizado de cada propiedad: lo que recibiste, reajustado por IPC. Si no lo tienes, el asistente lo calcula con el arriendo de cada mes, y traspasa los montos a tu declaración. (página 46, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
- Revisa que calce con lo que otros informaron al SII. El SII compara lo que declaras con las declaraciones juradas que presentan terceros sobre tus arriendos; si falta una parte, observa tu declaración. (página 1, ayuda de la observación A18 del SII (año tributario 2026))
Ejemplo con números
Un ejemplo con números
Un departamento de UF 3.000, con pie de 20%, crédito a 25 años y la tasa promedio de vivienda en UF de agosto de 2026 (4,04%). Arriendo de $550.000 con un mes vacío al año, $40.000 de gastos al mes y $400.000 de contribuciones. La dueña tiene un sueldo de $36.000.000 al año. UF de $41.032,64 del 27-09-2026.
- Si es una de sus dos primeras DFL2: el arriendo no paga impuesto; pone cerca de $91.000 al mes de su bolsillo.
- Si es su tercera propiedad: el arriendo agrega cerca de $218.000 de global complementario en el año, ya descontadas las contribuciones; pone cerca de $109.000 al mes.
- Con pie de 30%: como tercera propiedad, pone cerca de $44.000 al mes.
- Su rentabilidad bruta potencial, con los 12 meses arrendados, es 5,4%, y la neta, después de un mes vacío, gastos y contribuciones, 4,2%.
El flujo de cada mes no es todo: con cada dividendo baja tu deuda. La calculadora no suma eso ni la plusvalía, que nadie puede asegurar.
¿Cuántos departamentos necesitas para vivir de tus arriendos?
Depende de cuánto te deje cada uno después de impuestos, y eso cambia con cada propiedad: las dos primeras DFL2 no pagan renta y las demás suben de tramo. Haz la cuenta propiedad por propiedad con la calculadora, y cuando el crédito termine, sin dividendo.
Tabla
Lo que deja cada departamento
| N° | Su arriendo | Impuesto que agrega al año | Te deja al mes, con dividendo | Te deja al mes, ya pagado el crédito |
|---|---|---|---|---|
| 1° | DFL2: no suma renta | $0 | −$91.000 | $431.000 |
| 2° | DFL2: no suma renta | $0 | −$91.000 | $431.000 |
| 3° | Suma a tu global complementario (tramo de 8%) | $218.000 | −$109.000 | $413.000 |
| 4° | Suma a tu global complementario (tramo de 13,5%) | $361.000 | −$121.000 | $401.000 |
| Los cuatro | Dos DFL2 y dos que suman renta | $579.000 | −$413.000 | $1.675.000 |
Cuatro departamentos iguales al del ejemplo, de la misma dueña, con su sueldo de $36.000.000 al año y la UTA de octubre de 2026. Sin 55 bis, seguros ni reajuste por IPC; las mismas contribuciones en los cuatro.
Fíjate en el cuarto: su arriendo lleva la renta de la dueña a un tramo más alto, así que paga más impuesto que el tercero por el mismo arriendo. Con tu pie, tu tasa y tu arriendo, los números cambian: haz tu cuenta con la calculadora. (art. 52, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
¿Qué pasa con el IVA y con una empresa?
Recuperar el IVA de la compra con el artículo 27 bis exige comprar con una empresa o como empresario individual y usar la propiedad en una actividad que paga IVA, como el arriendo amoblado. Una persona sin inicio de actividades no lo recupera. Nuestro estimador calcula que la devolución está entre 12% y 16% del precio con IVA incluido: el IVA grava la construcción, no el terreno. Todo el trámite está en la guía de recuperación de IVA. (art. 27 bis, inciso 1°, DL 825; art. 14, DL 825; art. 17, inciso 2°, DL 825)
En una empresa del régimen general, la utilidad paga 27% de primera categoría aunque la dejes dentro. Lo que se posterga es tu global complementario, hasta que la retires. Los dos casos, lado a lado, están en la guía de primera categoría. (art. 20, inciso 1°, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 14, letra A, N° 1, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 56, N° 3, Ley sobre Impuesto a la Renta)
¿Quién te ayuda con cada paso?
Para elegir y comprar, Valorízate; para arrendar y administrar, EfiRent, que calcula cuánto recibes al mes con administración. Las dos son empresas del grupo. Los impuestos de tus propiedades, con nosotros.
Errores frecuentes
- Creer que todas tus propiedades DFL2 están libres de impuesto. Solo las dos de adquisición más antigua, a tu nombre. (art. 1°, inciso 2°, DFL 2)
- Calcular la rentabilidad sin meses vacíos ni gastos. La neta es la que sirve para comparar.
- Restar del arriendo los gastos, la mantención o los intereses. Como persona sin contabilidad completa, el arriendo paga sobre lo que dice el contrato, sin descontar gastos. Los intereses van por el 55 bis, con su tope, y las contribuciones se descuentan del impuesto, no del arriendo. (art. 20, N° 1, letra b), Ley sobre Impuesto a la Renta; respuesta, pregunta frecuente 001.140.4116.009 del SII)
- Calcular el impuesto a la renta sobre el 11% del avalúo. Esa regla terminó en 2016: hoy se paga sobre el arriendo efectivo. (respuesta, pregunta frecuente 001.140.4116.009 del SII)
- Creer que en una empresa la utilidad que reinviertes no paga impuesto. Paga primera categoría; lo que esperas es el global complementario. (art. 20, inciso 1°, Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 14, letra A, N° 1, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Contar con la plusvalía para que los números cierren. Nadie puede asegurarla.
En resumen
- Un departamento te deja el arriendo menos el dividendo, los gastos, las contribuciones y el impuesto. Con crédito, el flujo puede ser negativo.
- Como persona, el arriendo de tus dos primeras DFL2 no paga renta ni sube tu tramo. (art. 15, DFL 2; art. 1°, inciso 2°, DFL 2)
- Desde la tercera, el arriendo suma a tu global complementario sin descontar gastos, y sus contribuciones se descuentan de ese impuesto. (art. 20, N° 1, letra b), Ley sobre Impuesto a la Renta; art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta)
- Se declara en abril, con el asistente de arriendos del SII y el arriendo reajustado por IPC. (página 43, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII; página 46, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
Qué hacer ahora
Preguntas frecuentes
¿El arriendo de mi departamento paga impuesto?
Si es una de tus dos primeras DFL2 a tu nombre, no paga renta, esté o no amoblada. Si no, suma a tu global complementario, y sus contribuciones se descuentan de ese impuesto, hasta el que corresponde a ese arriendo. (art. 15, DFL 2; art. 1°, inciso 2°, DFL 2; análisis, apartado II, Oficio 1017 de 2024 del SII; art. 56, N° 5, Ley sobre Impuesto a la Renta; línea 39, código 1637, apartado 39.1, instrucciones de la línea 39 del Formulario 22 (año tributario 2026) del SII)
¿Qué es la rentabilidad bruta y la neta?
La bruta es el arriendo de los 12 meses dividido por el precio. La neta es lo que te deja el arriendo del año después de los meses vacíos, los gastos y las contribuciones, dividido por el precio. Ninguna descuenta el dividendo ni el impuesto: eso lo muestra el flujo.
¿El arriendo de mis dos DFL2 se declara?
No paga impuesto: para el SII es un ingreso que no constituye renta, hasta dos viviendas por persona. Si solo tienes esas dos, el asistente de arriendos del SII no aparece; desde la tercera propiedad, o si una no es DFL2, sí declaras y pagas. (disposiciones a contar del 01-11-2010, pregunta frecuente 001.140.0637.016 del SII; página 43, Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII)
¿Puedo descontar los gastos del arriendo?
Como persona sin contabilidad completa, no: el arriendo paga sobre lo que dice el contrato, sin deducción. Lo que sí baja tu impuesto son las contribuciones, como crédito, y los intereses del crédito, con el artículo 55 bis. (art. 20, N° 1, letra b), Ley sobre Impuesto a la Renta; respuesta, pregunta frecuente 001.140.4116.009 del SII; respuesta, pregunta frecuente 001.140.2087.013 del SII; art. 55 bis, incisos 1° y 2°, Ley sobre Impuesto a la Renta)
¿Cuántos departamentos necesito para vivir de mis arriendos?
Depende de lo que te deje cada uno después del dividendo y del impuesto, y eso cambia desde la tercera propiedad, que suma a tu global complementario. Haz la cuenta propiedad por propiedad con la calculadora: la tabla de esta guía muestra un ejemplo con cuatro. (art. 15, DFL 2; art. 52, Ley sobre Impuesto a la Renta)
¿Conviene comprar con una empresa para recuperar el IVA?
Solo si la propiedad se usa en una actividad que paga IVA, como el arriendo amoblado; tiene costos y obligaciones. Revísalo con el árbol tributario antes de comprar. (art. 27 bis, inciso 1°, DL 825)
Fuentes
Ver fuentes (11)
- Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1959, sobre Plan Habitacional (texto definitivo: Decreto 1101 de 1960, del Ministerio de Obras Públicas) · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, última versión del 01-03-2020 (incluye los incisos que agregó la Ley 20.455) (citado en esta guía: art. 15; art. 1°, inciso 2°) · leída el 02-10-2026
- Decreto Ley N° 824, de 1974, Ley sobre Impuesto a la Renta · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, versión del 27-03-2026 (citado en esta guía: art. 56, N° 5; art. 33, N° 4; art. 17, N° 8, letra b), literal ii); art. 20, N° 1, letra b); art. 52; art. 39, N° 3; art. 54, N° 2; art. 55 bis, incisos 1° y 2°; art. 65, N° 3; art. 20, inciso 1°; art. 14, letra A, N° 1; art. 56, N° 3) · leída el 03-10-2026
- Banco Central de Chile, Base de Datos Estadísticos: tasa de interés promedio de las colocaciones para vivienda reajustables en UF, mensual (cuadro TSF_27) · Banco Central de Chile · Serie mensual hasta agosto de 2026 · leída el 02-10-2026
- Guía Práctica de Declaración de Renta 2026 del SII · Servicio de Impuestos Internos · Operación Renta 2026 (año tributario 2026) (citado en esta guía: página 46; página 16; página 42; página 43) · leída el 02-10-2026
- Decreto Ley N° 825, de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios · Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile) · Texto vigente, última versión del 05-03-2026 (citado en esta guía: art. 17, inciso 1°; art. 27 bis, inciso 1°; art. 14; art. 17, inciso 2°) · leída el 16-10-2026
- Oficio Ordinario N° 1017, de 23-05-2024, del Servicio de Impuestos Internos · Servicio de Impuestos Internos · Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, 2024 (citado en esta guía: análisis, apartado II) · leída el 02-10-2026
- SII: ayuda de la observación A18 de la Operación Renta 2026, rentas de arrendamiento de bienes raíces no declaradas en su totalidad · Servicio de Impuestos Internos · Ayuda Internet AT2026, versión 1.0 (citado en esta guía: página 1) · leída el 04-10-2026
- Pregunta frecuente del SII 001.140.4116.009: rentas de arrendamiento de bienes raíces y renta efectiva desde el 01-01-2016 · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 09-04-2025 (citado en esta guía: respuesta) · leída el 04-10-2026
- Instrucciones de la línea 39 del Formulario 22, año tributario 2026: crédito al global complementario por el impuesto territorial pagado por la explotación de bienes raíces no agrícolas (art. 56 N° 5 LIR), Servicio de Impuestos Internos · Servicio de Impuestos Internos · Operación Renta 2026 (citado en esta guía: línea 39, código 1637, apartado 39.1) · leída el 06-10-2026
- Pregunta frecuente del SII 001.140.0637.016: tratamiento tributario de las viviendas DFL2 en su venta, arriendo, herencias y donaciones · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 21-07-2025 (citado en esta guía: disposiciones a contar del 01-11-2010) · leída el 04-10-2026
- Pregunta frecuente del SII 001.140.2087.013: quiénes tienen derecho al crédito por contribuciones de bienes raíces · Servicio de Impuestos Internos · Actualizada el 13-04-2026 (citado en esta guía: respuesta) · leída el 04-10-2026
Quién escribe y quién revisa
Escribe: Danaya Lobos, Analista Contable
Revisó: Ignacio Wolf, CEO de Declara Inteligente, el 12 de octubre de 2026
Publicada el · actualizada el
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